Las visas de inmigración basadas en la familia pueden permitir que los familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes legales inmigren y establezcan su residencia en los Estados Unidos. Hay dos tipos principales de estas visas: las de inmigrantes familiares inmediatos y las de inmigrantes con preferencia familiar. Dentro de cada una de estas Categorías de visas de inmigración basadas en la familia Hay varios tipos diferentes de visas; el tipo de visa para el cual una persona es elegible depende de su relación con el ciudadano o residente de EE. UU., su estado civil y su edad.
La Visa para Inmigrantes de Familiares Inmediatos
La primera de las categorías de visas de inmigración basadas en la familia es la IR, o inmigrante de pariente inmediato. Estas visas se basan en relaciones familiares inmediatas con un ciudadano de los Estados Unidos.
Los tipos individuales de visas para familiares inmediatos incluyen:
· IR-1 – Esta visa está diseñada para cónyuges de ciudadanos estadounidenses.
· IR-2 – Los hijos solteros de ciudadanos estadounidenses que sean menores de 21 años son elegibles para esta visa.
· IR-3 – Si un ciudadano estadounidense adopta a un huérfano en el extranjero, puede calificar para este tipo de visa.
· IR-4 – Esta visa es para huérfanos que están siendo adoptados en los Estados Unidos por un ciudadano estadounidense.
· IR-5 – Los padres de ciudadanos estadounidenses que tengan al menos 21 años de edad son elegibles para esta visa.
A diferencia de las Visas de Inmigrante con Preferencia Familiar, no hay límite en la cantidad de Visas de Familiar Inmediato que se pueden emitir cada año.
La visas de inmigrante de preferencia familiar
El segundo de los Categorías de visas de inmigración basadas en la familia La categoría F es la visa de inmigrante con preferencia familiar. La categoría de preferencia familiar ofrece opciones de visa para personas que tienen una relación familiar lejana con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Hay cuatro tipos de visas de preferencia familiar y solo se puede emitir una cantidad limitada de cada tipo por año.
Los tipos de visas de inmigrante con preferencia familiar incluyen:
· Visa de preferencia familiar o F1: esta visa está disponible para hijos solteros de ciudadanos estadounidenses, así como para sus propios hijos menores de edad, si los tienen. Solo se pueden emitir 23,400 de estas visas cada año.
· Visa de segunda preferencia familiar o F2: los cónyuges, hijos menores e hijos solteros mayores de 21 años de residentes legales permanentes de los Estados Unidos son elegibles para este tipo de visa. Solo se pueden emitir 114,200 de estas visas al año y, como mínimo, el 77 por ciento de ellas se otorgará a los cónyuges e hijos menores.
· Visa de tercera preferencia familiar o F3: esta visa está disponible para los hijos casados de ciudadanos estadounidenses, así como para sus cónyuges y los hijos menores que puedan tener. Solo se emiten 23,400 de estas visas cada año.
· Cuarta preferencia familiar o F4: los hermanos de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años, así como sus cónyuges e hijos menores, pueden solicitar estas visas. Solo se emiten 65,000 al año.
Es importante tener en cuenta que no existen categorías de visas de inmigración basadas en la familia que correspondan a abuelos, tías, tíos, sobrinas, sobrinos o suegros de residentes en EE. UU.
Primeros pasos con las visas de inmigración basadas en la familia
Independientemente de la categoría de visa de inmigración basada en la familia que solicite, primero deberá comunicarse con su familiar y pedirle que presente una petición en su nombre. Oficialmente llamada Petición de familiar extranjero, o Formulario I-130, establece al familiar como su patrocinador en los Estados Unidos. Una vez que se haya aprobado la petición, puede comenzar su parte del proceso de solicitud de visa, que incluye el pago de diversas tarifas, la presentación de documentos de respaldo y más.
Si está considerando obtener una visa en cualquiera de los Categorías de visas de inmigración basadas en la familiaSolicite la ayuda de un abogado de inmigración para asegurarse de tener las mejores posibilidades de éxito. Llame al 800-770-0127 para hablar con un abogado de Davis Law Firm y comience con su proceso de solicitud hoy mismo.