Deuda tributaria: ¿Qué efecto tendrá una declaración de quiebra?

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Existen muchos tipos de deudas. Cuando surgen problemas de salud, incluso las personas con un buen seguro pueden verse endeudadas por cuestiones médicas. Y en esta difícil economía, los problemas con las deudas de tarjetas de crédito y las deudas hipotecarias son muy comunes.

Y luego está la deuda tributaria. Si le debe dinero al IRS o al Departamento de Ingresos de Texas, necesita tener una estrategia para defenderse de los intentos de cobro.

Naturalmente, es posible que se pregunte qué efecto podría tener una declaración de quiebra sobre su deuda tributaria. A continuación, se indican algunos factores básicos que debe tener en cuenta.

En primer lugar, es importante distinguir entre el impuesto sobre la renta personal y el impuesto sobre las empresas. La deuda tributaria personal puede ser cancelable en caso de quiebra, pero los impuestos sobre las empresas no.

En el caso de las deudas tributarias personales, la viabilidad de recurrir a la quiebra depende del tiempo transcurrido desde el vencimiento de los impuestos. En general, la deuda tributaria no puede ser extinguida mediante la quiebra hasta que hayan transcurrido tres años desde que se debieron pagar los impuestos. Además, deben haber transcurrido 270 días desde la liquidación de los impuestos.

Tenga en cuenta también que incluso si una deuda tributaria no se puede cancelar en una bancarrota del Capítulo 7, otra posibilidad de abordarla puede ser el Capítulo 13.

Sin duda, una bancarrota del Capítulo 13 exige elaborar un plan de pagos, pero puede tener algunas ventajas, como la posibilidad de suspender las sanciones fiscales.

Si su deuda tributaria no es liquidable, como es el caso de la deuda comercial, puede ser conveniente presentar una solicitud de quiebra en virtud del Capítulo 13. Vale la pena hablar de este tema con un abogado especializado en bancarrotas para decidir qué es lo mejor para usted.

•· Nuestra firma maneja situaciones similares a las que se comentan en esta publicación. Para obtener más información sobre nuestra práctica, visite nuestra página de gravámenes fiscales del IRS.

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