La Corte Suprema de los Estados Unidos no suele escuchar casos de quiebra, pero este año sí tiene un caso de quiebra en su agenda. El caso se llama Bullock v. BankChampaign, NA
El caso es importante debido a las preguntas que aborda sobre qué deudas se pueden cancelar en una bancarrota del Capítulo 7. Texas y todos los demás estados se verán afectados, porque la ley de bancarrotas es ley federal.
En realidad, el caso Bullock involucra a dos tipos diferentes de fideicomisarios: uno es el fideicomisario de un patrimonio y el otro es el síndico de quiebras.
El síndico de quiebras es responsable de verificar la exactitud de la petición de quiebra. Si existen discrepancias, le corresponde al síndico resolverlas. Esto a veces implica buscar activos que puedan estar ocultos para poder incluirlos en la petición.
En Bullock, un hombre se convirtió en fiduciario de un fideicomiso creado por su padre. Luego tomó un préstamo indebido del fideicomiso, a pesar de que en el instrumento del fideicomiso había una disposición clara que establecía que ese tipo de préstamo no estaba permitido.
Este préstamo indebido dio lugar a una sentencia judicial contra el autor del mismo, que alegó, no obstante, que había tomado el préstamo por negligencia y no con la intención de privar de su confianza a los demás.
El hombre luego intentó cancelar la deuda judicial mediante una declaración de quiebra del Capítulo 7. La Corte Suprema acordó decidir si esta cancelación es permisible, dada la mala conducta del síndico.
En general, las deudas contraídas por fraude, malicia o daño intencional no pueden ser eximidas mediante la quiebra. Por lo tanto, el caso Bullock aclarará qué grado de mala conducta impide que una deuda sea eximida.
Fuente: "Bullock contra BankChampaign, Nueva Jersey.,” SCOTUSblog